Venezolanos(as) por Nacimiento, Mayor de Edad
Descripción
Proveer
a los ciudadanos(as) venezolanos(as), nacidos en el territorio nacional
de un documento de identificación. Solicitud de Cédula original por
nacimiento, extemporáneos. Según art.32 de la CNRBV, numeral 1.
Objeto del Trámite
Condición del Usuario

Objeto del Trámite
Proveer a los ciudadanos(as) venezolanos(as) de un documento de identificación.
- Venezolanos(as) nacidos en el territorio de la República.

- Tener la edad de dieciocho (18) años en adelante.
- Acta de Nacimiento original.
- Debe estar inserta en el Registro Civil.
- Debe contener los datos descritos en el art. 81 de la Ley Orgánica de Registro Civil.
- Copia de la cédula de identidad del padre o de la madre.
- Registro de Identificación Civil.
- No aplica.
- 10 años, contados a partir de la fecha expedición.
- Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, Gaceta Oficial Nº 5.908 de 19/02/2009.
- Ley Orgánica de Identificación (art. 5,6 Gaceta Oficial Nº 34.458 del 14/06/2006.
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